Sí. La Ordenanza Municipal de limpieza viaria y gestión de residuos domésticos lo deja claro: ningún recipiente para residuos puede ubicarse en la vía o en un espacio público sin autorización del Ayuntamiento.
Lo que exige
La instalación necesita informe previo de los servicios municipales competentes y autorización expresa. No hemos podido confirmar el importe de la tasa asociada: la Ordenanza Fiscal de ocupación de la vía pública es donde habría que buscarlo.
Los escombros de obra menor son residuo doméstico aquí
La Ordenanza clasifica los residuos y escombros de obras menores de construcción y reparación domiciliaria como residuos domésticos. Prevé una recogida separada, «con las limitaciones aprobadas por el Ayuntamiento», que el texto al que hemos tenido acceso no reproduce.
La alternativa: retirada sin contenedor
Si prefiere no ocuparse de la autorización ni de confirmar la tasa, hay otra forma: que nos llevemos el escombro directamente desde el lugar de la obra. Al no dejar nada en la vía pública, no hay contenedor que tramitar. Usted solo indica qué tiene y dónde está, y nosotros nos encargamos del resto, con presupuesto cerrado antes de reservar.
Preguntas Frecuentes
¿Puedo dejar un contenedor en la calle sin permiso?
No, necesita autorización municipal previa, con informe de los servicios competentes.
¿Cuánto cuesta la autorización?
No hemos podido confirmar el importe. Consulte la Ordenanza Fiscal de ocupación de la vía pública o llame al 010.
¿Hay alguna forma de evitar el trámite?
Sí, si no se deja contenedor en la vía pública. Lo recogemos directamente del lugar donde esté la obra.